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Persona

Evaluación médica para afectación de vehículo por Ley 13102 o Res. 3282/986 - Canelones

Mediante este trámite las personas con discapacidad que se quieran amparar a la Ley Nº 13102 e importar un vehículo 0km. ; o afectar a discapacidad un vehículo adquirido en plaza amparándose a Resolución 3282/986, pueden solicitar la evaluación médica que corresponde a la Intendencia.

La Ley 13102 establece que se considerará lisiado a quien adolezca de alguna deficiencia importante y, definitiva o transitoria, que pueda prolongarse por un lapso aproximado de cinco años, en la funcionalidad de sus extremidades; así como quienes padezcan de ceguera definitiva (art. 224 Ley 16736).

Requisitos generales

Documento de Identidad.

  • Cédula de identidad del solicitante vigente y en buen estado.
    • Si el beneficiario es un menor de edad, también la cédula de identidad de sus representantes legales (padre y madre, o tutor) quienes deberán firmar la solicitud.
    • Si el beneficiario está sujeto a Curatela, presentar la sentencia o resolución judicial así como cédula de identidad de su curador/a.

Certificado médico.

  • En caso de ampararse a Ley 13102 para importación directa de vehículo 0km., deberá presentar el certificado con dictamen del tribunal del Ministerio de Salud Pública.
  • En caso de ampararse en Res. 3282/986 para vehículo 0 km. adquirido en plaza o usado, deberá presentar certificado de médico tratante especializado en la patología causante de la discapacidad, estableciendo diagnóstico y evolución.

Presentar y entregar permiso de conducir.

  • Si el solicitante es titular de permiso/s de conducir, deberá entregarlo/s antes de la evaluación médica ya que quedará condicionado a la misma.
  • Concurrir con un acompañante que tenga permiso de conducir en vigencia para poder trasladarse.

Otros datos de interes

El certificado que se otorga: 

  • En caso de adquirir vehículo 0km. mediante una importación directa, la evaluación médica en la Intendencia es a los efectos de determinar si la persona está o no apta para conducir y expedir el certificado correspondiente.  El MSP evalúa previamente la discapacidad y si se encuentra comprendido por la Ley 13102.
  • En caso de afectar un vehículo 0km. adquirido en plaza o usado amparándose en Res. 3282/986, la evaluación médica en la Intendencia determinará si corresponde acceder a los beneficios tributarios por discapacidad y si la persona está apta o no para conducir.

Si se le expide certificado con el APTO para conducir:

  • si tiene permiso de conducir vigente, deberá realizar y aprobar una evaluación práctica de conducción en el vehículo con las adaptaciones correspondientes.
  • si tiene permiso de conducir vencido por más de 2 años, además del examen práctico mencionado, deberá rendir examen teórico descargar la Guia Nacional de Conduccion de Autos y Motos  y Señales de Tránsito .
  • si nunca obtuvo permiso de conducir, el trámite a realizar es Primera Vez de Permiso de Conducir categoría A . El requisito examen psicofísico de aptitud para conducir NO deberá realizarlo en institución externa. 

Para evaluación práctica, deberás presentar:

  • Documento de Identificación Vehicular (DIV).
  • Certificado de Seguro Obligatorio de Automotores vigente (SOA).
  • Acompañante con permiso de conducir vigente en todos los casos.

Si se le expide certificado con el NO APTO para conducir :

  • Si el/la beneficiario/a es una persona menor de edad o en tanto mayor, no se encuentre apto/a para conducir, se podrá autorizar hasta dos choferes. Deberá presentar la solicitud aportando los candidatos para ser autorizados por la Gerencia de Tránsito correspondiente.

A tener en cuenta:

Cuando por el tipo o nivel de discapacidad o por circunstancias especiales, sea conveniente o necesario permitir el manejo de los automotores por otras personas, podrán conducir terceras persona siempre que el titular del beneficio se encuentre dentro del mismo. Artículo 17 del Dto. 241/999 de fecha 04/08/1999 con nueva redacción dada por el Artículo 1 del Dto. 182/015 de fecha 06/07/2015.

Cómo se hace

  1. Descargar el Formulario solicitud de evaluación medica ley 13102 o resolución 3286, completar y firmar.
  2. Presentarse ante alguna de las oficinas y presentar el formulario completado y firmado para que se forme expediente.
  3. Se asignará un turno para que concurra a realizar la evaluación médica.
    • El día de la evaluación, el solicitante debe presentarse con toda la documentación original mencionada en "Requisitos"  y acompañado con conductor habilitado.
  4. Si el trámite es una importación de vehículo 0km. se le entregará el certificado correspondiente para continuar el trámite en VUCE.
    • Luego de realizada la importación continuará el trámite de empadronamiento del vehículo.
    • Si el trámite es afectar un vehículo 0km. adquirido en plaza o usado se le emitirá certificado para su presentación ante la oficina de Contralor de Vehículos donde realice el trámite de cambio de afectación.

Otras direcciones

  • Oficina Central.
    • Dr. Tolentino González, Nro. 371 ciudad de Canelones.
  • Municipio de Ciudad de la Costa.
    • Avda. Giannattasio, Centro Cívico "Costa Urbana"
  • Municipio de Las Piedras.
    • Lavalleja 591 entre Batlle y Ordóñez y Av. Artigas.
  • Municipio de Pando.
    • Avda. General Artigas 1110 esq. Zinola.

Atención presencial: Sin agenda para presentar la solicitud y con turno reservado para examen médico.

Atención telefónica por consultas: 1828 Teleatención Ciudadana de 7:00 a 00:00