Cancelación de adeudos para productores rurales con menos de 200 hectáreas Coneat 100

La Comuna Canaria informa que por Resolución Nº 15/02217 con fecha de 16 de abril de 2015, se reglamenta el Decreto Nº 88 de la Junta Departamental votado el pasado 9 de febrero de 2015, donde se crea un sistema de cancelación de adeudos para los productores rurales con menos de 200 hectáreas Coneat 100.

Los productores rurales con menos de 200 hectáreas Coneat 100, que revistan la calidad de sujeto pasivo de Contribución Inmobiliaria podrán cancelar sus adeudos sin recargos, mediante la suscripción de un convenio. El beneficio rige desde el pasado 16 de abril, fecha de la resolución, y por el término de seis meses.

El convenio se podrá suscribir hasta en 60 cuotas en unidades indexadas, sin intereses de financiación, sin entrega inicial y con un importe mínimo de cuota de 200 U.I, incluyendo hasta la 4ta cuota del ejercicio 2014.

Los sujetos pasivos del tributo Contribución son; propietarios o poseedores, prominentes compradores con promesa inscripta, mejores postores en remate judicialmente aprobado.

Para demostrar la calidad de productor rural, el interesado deberá presentar original y copia de certificado R-500 junto con el recibo del último aporte de BPS, además de documentación notarial de vínculo con el padrón inmobiliario.

El atraso del pago de las cuotas generará multas, debiendo caducar el convenio en caso de existir un atraso de 6 meses de cuotas, generándose los recargos correspondientes.

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